1. AMaSaP quiere fomentar la publicación en Gaceta Sanitaria de artículos de Salud Pública de profesionales de la Comunidad de Madrid y que, por motivo del pago en la publicación que establece Gaceta Sanitaria, los autores tuvieran dificultades para hacerlo.
  1. AMaSaP convoca ayudas económicas destinada a pagar los gastos derivados de la publicación de artículos científicos en Gaceta Sanitaria. La cantidad económica que se puede conceder corresponde a la tarifa de publicación establecida por Gaceta Sanitaria. No podrán acogerse a esta ayuda los gastos de traducción ni tampoco la concesión de esta ayuda será compatible con otras ayudas concedidas al solicitante para el mismo fin.
  1. Puede beneficiarse de esta ayuda cualquier socio de AMaSaP que mantenga al corriente el pago de su cuota anual y que sea autor de un artículo aceptado para su publicación por el Comité Editorial de Gaceta Sanitaria. El solicitante de la ayuda debe ser el primer o el último autor del artículo. Las solicitudes deben hacerse de forma individualizada para cada artículo.
  1. La convocatoria para el año 2017 se abre a partir de la publicación de la misma. Para solicitar la ayuda es necesario remitir una solicitud a amasap@amasap.es antes del 31 de mayo y el 30 de noviembre de 2017, respectivamente.
    A la referida solicitud es necesario adjuntar los siguientes documentos:
    a) una copia de la carta de aceptación del artículo por parte de la revista,
    b) una declaración jurada del solicitante de que no dispone de financiación ni ayuda económica para la publicación del artículo en Gaceta Sanitaria,
    c) una copia del artículo aceptado donde consten las afiliaciones de los autores.
  1. Las solicitudes se evaluarán semestralmente concediéndose como máximo una beca por semestre. Los plazos de presentación de solicitudes acaban el último día de los meses de mayo, y noviembre del año 2017.
    Si las solicitudes presentadas en un semestre fueran más de una, la Junta Directiva de AMaSaP designará un comité de evaluación que determinará la concesión de la ayuda en base a los siguientes criterios: interés académico y práctico; originalidad y actualidad del tema objeto de la publicación. Los resultados de esta evaluación junto a la resolución de concesión por parte de la JD de las ayudas se harán públicas en la web de la asociación con anterioridad al último día de los meses de junio y diciembre de 2017, respectivamente.
  1. De acuerdo a la resolución de concesión publicada, AMaSaP se compromete a abonar la factura correspondiente a los costes de la publicación del artículo. Para su pago el importe de la ayuda no puede ser fraccionado entre los autores de la publicación.
  1. Los autores de las publicaciones que reciban esta ayuda harán mención pública a AMaSaP por la concesión de la misma y difundirán los resultados de la misma en los encuentros y foros profesionales de AMaSaP, si así lo decidiese la Junta Directiva de la asociación.